Descripción
Los Inmuebles que constituyan bien único de los sujetos pasivos (personas fí­sicas) y tengan un valor máximo equivalente a cuarenta y cinco salarios base, no obstante, el Impuesto deberá pagarse sobre el exceso de la suma.

Requisitos
Llenar la Solicitud por ambos lados, en la Unidad de Servicio al Cliente.
Copia de la cédula del propietario del Bien Inmueble a exonerar.
Certificación de Índice de propietario extendida por el Registro Público o Institución que brinde el Servicio, vigente al momento de presentarlo.
Las personas menores de edad, deben de presentar una certificación de nacimiento del Registro Civil.
Si al propietario se le dificulta realizar el Trámite (se encuentra fuera del paí­s u otro inconveniente que le impida firmar) puede presentar un poder especial vigente, que faculte a otra persona para realizar el mismo.

Notas
Este Trámite debe ser solicitado año con año.

Recepción del Trámite:
El trámite se presenta físicamente en «Ventanilla Única» ubicada en Servicio al Cliente